Ayudas del Plan Asturiano de Vivienda 2006-2008

Criterios del Principado de Asturias para otorgar Ayudas Financieras a la adquisición de vivienda

  • Se realizan mediante convocatoria específica que se publica en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (habitualmente, dos convocatorias cada año).
  • Se fija un plazo concreto para la presentación de solicitudes.
  • Se autoriza el gasto de una cantidad determinada de dinero para cada convocatoria.
  • Para la concesión de la ayuda sólo se toma como referencia el precio de la vivienda, sin trastero ni garaje.
  • Rige el principio de concurrencia competitiva entre los solicitantes.

Tipos de viviendas para las que el Principado de Asturias concede ayudas

  • Vivienda protegida (normal y autopromoción).
  • Vivienda usada.

Requisitos a observar por el comprador para acceder a las ayudas promovidas por el Principado

  • No haber concurrido a la convocatoria de subvenciones a la adquisición de vivienda de años anteriores,
    • Salvo que se hubiera presentado solicitud en la última convocatoria y se hubiera recibido resolución denegatoria por:
      • (a) No haberse acreditado el inicio de la amortización del préstamo cualificado a la fecha de presentación de la solicitud.
      • (b) O por haberse presentado la solicitud fuera del plazo establecido en aquella convocatoria.
  • Que la adquisición cuente con resolución que declare protegible la actuación al amparo de los reales decretos del Ministerio de Vivienda (Real Decreto 1186/1998, de 12 de junio; Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, parcialmente modificado por  el Real Decreto 1721/2004, de 23 de julio y Real Decreto 801/2005, de 1 de julio).
  • Que se haya iniciado la amortización del préstamo cualificado por haber prestado su conformidad el entonces denominado Ministerio de Fomento o el actual Ministerio de Vivienda (que se haya pagado el primer recibo).
  • Que los ingresos de la unidad familiar no superen en 3.5 veces el IPREM.
  • Que estén al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no sean deudores de la Hacienda del Principado de Asturias: deudas vencidas, líquidas y exigibles.
  • Además y sólo para el caso de autopromoción de viviendas de nueva planta, los adquirentes han de cumplir un requisito adicional que es que la edificación disponga de calificación definitiva de vivienda declarada protegida por la Comunidad Autónoma.

Documentación a aportar por el solicitante de ayudas autonómicas

  • Solicitud con los datos personales, firmada y con las autorizaciones para que la Consejería pueda comprobar los datos con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Catastro y Principado.
  • Copia del D.N.I del solicitante.
  • Dos ficheros de acreedores, donde figure la cuenta corriente en la que se abonará el préstamo del Ministerio.
  • Certificado bancario donde se acredite el porcentaje de préstamo formalizado, la fecha de pago de la primera cuota y fecha del ingreso de la ayuda estatal directa a la entrada.
  • Para las autopromociones: calificación definitiva y facturas por un importe igual o superior al presupuesto protegido.
  • Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.

Cuantía de las ayudas

 

Ayuda
Límite
Viviendas Protegidas

Hasta 2.5 veces IPREM:
10% del precio de la vivienda

8.000 €

Hasta 3.5 veces IPREM:
7% del precio de la vivienda

6.000 €

Viviendas Autopromovidas

Hasta 3.5 veces IPREM:
20% del precio de la vivienda

Sin límite

Viviendas Usadas

Hasta 3.5 veces IPREM:
5% del precio de la vivienda

6.000 €

Concesión de las ayudas

  • Las ayudas las concede la Comisión de Valoración, reunida al efecto.
  • En el caso de que la partida presupuestaria no cubra la totalidad de las solicitudes, se concederá dando prioridad a:
    • Solicitantes inscritos en el Registro de Solicitantes (creado por Resolución de 25 de octubre de 2003, de la Consejería de Vivienda y Bienestar Social)
    • Ponderación de ingresos de menor a mayor.
  • De la reunión celebrada por la Comisión de Valoración se levanta Acta por el Secretario en la que se acredita:
    • El número de solicitudes presentadas.
    • El número de solicitudes concedidas.
    • El número de solicitudes denegadas y desistidas.
    • Importe total de las ayudas concedidas.






Solicitud Renta básica de Emancipación









Visualizar: Decreto de Ayudas a la Vivienda

Calificación de viviendas

  1. Cond. Necesarias

Ayudas al Alquiler

  1. Plan Asturiano
  2. Plan Estatal
  3. Deducción IRPF

Ayudas a la Compra

  1. Plan Asturiano
  2. Plan Estatal
  3. Primer Acceso
  4. Ayudas Financieras

Ayudas a la Rehabilitación

  1. Plan Asturiano
  2. Plan Estatal
  3. Deducciones IRPF

Planes