Condiciones que deben cumplir los edificios y viviendas para obtener ayudas

CONDICIONES

Obras de rehabilitación:

No iniciadas

Antigüedad:

+ 15 años

Superficie máxima computable

90 m²

Al menos el 25% de las actuaciones tiene que estar dedicado a la utilización de energías renovables, mejora de la eficiencia energética , higiene, salud y protección del medio ambiente y accesibilidad del edificio.

 

Destino de las viviendas

  • Residencia habitual y permanente
  • Arrendamiento

Ingresos unidad familiar

Inferior / Superior 3,5 veces el IPREM distintas ayudas.

No haber obtenido financiación por igual concepto en los últimos 10 años

Acreditar propiedad del inmueble

Nota simple de registro de propiedad

Presupuesto protegido:

Precio total del contrato de ejecución de obra
+ Honorarios facultativos
+ Tributos

 

En detalle

  1. Que las obras de rehabilitación no estén iniciadas.
  2. Que las viviendas o edificios objeto de actuaciones de rehabilitación protegidas tengan una  antigüedad mayor de 15 años, salvo que se trate de una de las siguientes situaciones, en cuyo caso no será necesario cumplir este requisito:
    • Que se trate de obras que tengan por objeto la supresión de barreras de todo tipo a las personas con discapacidad o mayores de 65 años.
    • Que las obras tengan por finalidad la adecuación de la vivienda o edificio a la normativa técnica aplicable, siempre que ésta hubiera entrado en vigor con posterioridad a su terminación.
  3. La superficie máxima computable en el presupuesto protegido será de 90 m² (tanto para las viviendas como para los edificios).  En el caso de las viviendas se incluye una plaza de garaje y un trastero, cuando estén vinculados en proyecto y registralmente a la vivienda objeto de rehabilitación, y computándose como máximo 8 m² para el trastero y 25 m² para el garaje.
  4. Al menos el 25% de las actuaciones tiene que estar dedicado a la utilización de energías renovables, mejora de la eficiencia energética , higiene, salud y protección del medio ambiente y accesibilidad del edificio.
  5. El destino de las viviendas será el de residencia habitual y permanente, o arrendamiento.
  6. El presupuesto en obras de comunidades de propietarios deberá ser superior a 2.400,00 € por vivienda.
  7. No haber obtenido financiación por el mismo concepto con cargo a los planes estatales de vivienda en los últimos 10 años.
  8. Acreditar la propiedad del inmueble a rehabilitar.
  9. El presupuesto protegido integra la suma del precio total del contrato de ejecución de las obras, los honorarios facultativos y de gestión, así como los tributos satisfechos por razón de las actuaciones.






Solicitud Renta básica de Emancipación









Visualizar: Decreto de Ayudas a la Vivienda

Calificación de viviendas

  1. Cond. Necesarias

Ayudas al Alquiler

  1. Plan Asturiano
  2. Plan Estatal
  3. Deducción IRPF

Ayudas a la Compra

  1. Plan Asturiano
  2. Plan Estatal
  3. Primer Acceso
  4. Ayudas Financieras

Ayudas a la Rehabilitación

  1. Plan Asturiano
  2. Plan Estatal
  3. Deducciones IRPF

Planes